Prestaci贸n por maternidad

La prestaci贸n por maternidad es una prestaci贸n 铆ntegra de la Seguridad Social, por lo que mientras que la madre est茅 de baja cobrar谩 el 100% de su salario. Esta prestaci贸n de la Seguridad Social es necesaria para el cuidado y la crianza 贸ptima de los bebes reci茅n nacidos, sobre todo es muy importante en las primeras semanas de vida del beb茅. Cualquier madre que estuviera trabajando antes de ser madre tiene derecho a esta prestaci贸n de la Seguridad Social sin excepciones, si eres padre debes saber que tambi茅n tienes derecho a esta prestaci贸n por paternidad. Preg煤ntanos cualquier duda sin ning煤n compromiso.
prestacion por maternidad

Requisitos para percibir la prestaci贸n por maternidad

Para poder solicitar la baja y por tanto la prestaci贸n por maternidad o paternidad se deben de cumplir lo siguientes requisitos:

  1. La persona debe estar dada de alta o sujeta a alg煤n r茅gimen de la Seguridad Social, las siguientes situaciones se consideran de alta:
  • Huelga y cierre patronal
  • Traslado de un trabajador fuera del territorio nacional
  • Desempleo total por el que se recibe una prestaci贸n contributiva.
  • Trabajadores fijos discontinuos en periodos entre campa帽as.
  • Las vacaciones anuales retribuidas y no disfrutadas antes de la finalizaci贸n del contrato.
    2. La persona solicitante debe acreditar un periodo m铆nimo de cotizaci贸n que depende de la edad de este en la fecha del parto, o es su caso en la fecha de adopci贸n o acogimiento. Deben de tenerse varias situaciones en cuenta, ya que si la persona tiene menos de 21 a帽os no se exige ning煤n periodo de cotizaci贸n.

Requisitos para percibir la prestaci贸n por maternidad

Para solicitar la prestaci贸n por maternidad en Madrid se debe acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para ello se debe pedir cita previa y llevar toda la informaci贸n necesaria, esta documentaci贸n se indica en la web del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Desde que se presenta esta solicitud la entidad tiene un plazo de 30 d铆as para dictar la resoluci贸n.

Desde el momento del parto o adopci贸n se tiene derecho a la percepci贸n del subsidio, es decir, el mismo d铆a que se adopta o nace el bebe. Cuando hablamos del parto este tiene un periodo de descanso de 16 semanas, este periodo solo puede ser solicitado por la madre, o si ambos c贸nyuges trabajan podr谩 ser el otro c贸nyuge, si as铆 lo decide la madre.

Los periodos de descanso pueden cambiar si: hay un parto m煤ltiple, el bebe tiene una discapacidad, el fallecimiento del bebe o la hospitalizaci贸n del neonato.

Distribuci贸n del periodo de descanso

La madre es la que decide la distribuci贸n del periodo de descanso, siempre que se cumpla con las 6 semanas de descanso obligatorio para la madre. El resto de semanas (10 semanas) pueden disfrutarse como los progenitores decidan. El periodo de descanso despu茅s de la maternidad o paternidad concluye si:

  • Se incorporan de forma voluntaria al trabajo
  • Transcurre el plazo m谩ximo.
  • Si se tiene la condici贸n de pensionista o una incapacidad permanente.
  • Por la muerte de un beneficiario, a no ser que el otro c贸nyuge pueda continuar con dicho periodo de descanso.

Desde Azofra y Conde queremos apoyar a todas las personas que son madres o padres y poder asegurar las mejores condiciones para el cobro de la baja por maternidad y paternidad. Pod茅is poneros en contacto nosotros para solicitar cualquier tipo de informaci贸n.