Accidentes laborales

Un accidente laboral puede ser cualquier lesión física que sufra el trabajador realizando su trabajo en su puesto. La Ley General de la Seguridad Social es la encargada de establecer y regular toda la normativa referente a los accidentes laborales.

Para estar amparado por esta ley el trabajador debe estar sujeto a la Seguridad Social, estando está al corriente de pago. Si el trabajador/a no está dado de alta en la Seguridad Social no estará protegido y no podrá obtener beneficio alguno

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Para que el accidente sea considerado laboral debe de ocurrir mientras:

  • La lesión sufrida se produce por una acción repentina y violenta, causada por algo que origina el daño. Dicho daño puede ser psíquica, físico o psicosomático.
  • Las labores del trabajo deben ser por cuenta ajena, es decir, que este bajo la contratación de una sociedad mercantil o un empresario individual. Los autónomos también estarán amparados por la ley si están suscritos a la Seguridad Social.
  • La lesión sufrida debe ser por el cumplimiento de las actividades labores y no por una negligencia del trabajador.

¿Qué considera la ley como un accidente laboral?

Para ser solicitado como un accidente laboral deben de cumplirse las siguientes condiciones:

  • Los daños del trabajador son por cumplir las órdenes de la empresa.
  • No existan interrupción entre el accidente y el trabajo.
  • Si ocurre en el camino de ida o vuelta al trabajo.
  • Las enfermedades contraídas y originadas exclusivamente por la ejecución de las labores de trabajo.
  • Los accidentes o enfermedades que el trabajador haya contraído antes del accidente y estas empeoren por causa del accidente laboral o desempeñando las actividades laborales.
  • Las prestaciones personales obligatorias como la elección por parte de Estado en las actividades electorales como presidente o vocal de una mesa electoral. Si se sufre una lesión durante esta actividad obligatoria, también estará protegido por la ley.

Derechos en caso de accidente laboral

  • A las prestaciones de la Seguridad Social y asistencia sanitaria.
  • Si el accidente se originó con falta de prevención de riesgos laborales, tiene derecho a un recargo de prestación.
  • Además de las indemnizaciones laborales, se tiene derecho a una indemnización de la responsabilidad penal o civil.
  • Si el trabajador se queda  en una incapacidad temporal laboral tiene derecho al subsidio. El subsidio es de un 75% de la nómina del mes anterior y comienza el día de la baja. En algunos convenios puede ser superior, pero nunca menor.
  • Si se produce una incapacidad laboral permanente se tiene derecho a una pensión. La pensión dependerá del grado de incapacidad y la cotización del trabajador.
derechos laborales

Accidentes que la Ley no considera como laborales

  • Si el accidente de trabajo es causado de forma intencional por el trabajador, para conseguir el beneficio correspondiente.
  • Los accidentes que no están involucrados con el trabajo que se realiza en el momento del accidente.
  • Si el accidente ocurre por una imprudencia del trabajador, es decir, cuando el trabajador no actúa bajo las normas relacionadas con la seguridad e higiene.